-Por Jefferson Escobar y Edwin Lazo, Sección 1-1

Federico Zeledón: “Libertad de expresión en el periodismo tradicional y 2.0”

Decir lo que uno piensa, muchas veces puede ser un arma de doble filo, en la cual, por un lado pierdes tu propia credibilidad y la del medio de comunicación al que perteneces, y por el otro, un solo comentario puede traerte graves problemas jurídicos.


 
Federico Zeledón menciona, en esta entrevista, que: “la libertad de expresión es algo muy distinto al libertinaje, podemos decir lo que queremos; pero, haciéndonos responsables judicialmente de las consecuencias que esto traería” de igual forma, nos muestra la manera correcta al hacer el ejercicio periodístico en los medios de comunicación   de El Salvador.

                    Federico Zeledón
Director y presentador del noticiero Teledos



P- ¿Cómo se define en términos generales la libertad de expresión y por qué́ es fundamental dentro del periodismo? 
R- Federico Zeledón: Yo me iría como buen abogado y periodista al artículo 6 de la Constitución donde se establecen líneas generales que debemos entender por ella, ahora,  sí hay un aspecto que es fundamental considerar, son los alcances que tiene la Libertad de Expresión, y yo en ese tema de los alcances, me quedaría entendiéndolo más bien como dimensiones, tiene una dimensión política muy importante, porque la libertad de expresión permite en su libre ejercicio, tanto en su periodismo, como en la actitud pasiva, el derecho a la información de la gente, en la consolidación de la democracia.
Usted debe entender que la democracia se debe sustentar sobre el disenso, es decir sobre las opiniones distintas sobre la gestión del que piensa diferente al que tiene el poder,  en ese sentido, los medios de comunicación, en el ejercicio de la libertad de expresión se convierten en contralores de la actividad política, en contrapesos de la actividad política, ese es el deber ser, como dice Jorge Ramos: “El periodista siempre debe ser de oposición” porque debe ser crítico al poder, por definición, para ejecutar ese rol contralor.
Lo que no debe ser el periodista es, ser un vocero del poder, ni tampoco convertirse en un lacayo de los intereses políticos de ningún partido, ni de ningún interés superior en tema económico por ejemplo. Otra sección muy importante, aparte de la democrática, es la dimensión de la libertad de expresión, aparte de la democrática, eso por supuesto lo que permite construir, en materia de consensos de responsabilidad ciudadana, de cultura democrática, etcétera. A través del ejercicio de la libertad de expresión, usted también puede contribuir, puede abonar al debate de la cosa pública, a la participación ciudadana, a la consolidación de los procesos sociales, con mensajes correctos, oportunos y por los canales adecuados.

P- A partir de eso, ¿qué relación tiene el derecho a la información y a la comunicación en la libertad de expresión?

R- Federico Zeledón: La libertad de expresión en su amplio espectro, incluso sin ser periodista, usted tiene derecho a opinar, a cuestionar, a criticar. Las tecnologías de la información, y la comunicación han extendido  ese derecho y han iniciado del debate de la cosa pública, eso creo que es positivo; pero, cuando hablamos de la relación existente entre la libertad de expresión y el derecho a la información, yo diría que la carretera más óptima para ello es sin duda alguna el periodismo, un libre periodismo, un ejercicio sin restricciones, más allá de las que establece la ley de la actividad periodística, le permite a la ciudadanía está informada, tener suficientes elementos para formar su propio criterio y eso es fundamental en democracia para el proceso social.


P- Bajo la idea del libre periodismo que usted mencionaba anteriormente, ¿Puede el derecho a la libertad de expresión ser restringido o limitado dentro de un medio?

R- Federico Zeledón: Si a los periodistas o a un medio se le restringe su derecho a la libertad de expresión, por qué lo que está diciendo es inconveniente al poder, entonces usted no solamente limita el derecho del medio de expresarse, sino también de la ciudadanía de conocer lo que el medio está diciendo, le limita al pueblo el derecho a saber y ahí se viola también el derecho a la información, entonces están conectados, una manifestación pasiva y la otra es una manifestación activa del mismo derecho, en dos caras de una misma moneda.

P- ¿Podría alguna entidad hacerlo amparado en algún documento legal?
R- Federico Zeledón: La Constitución es muy clara, se prohíbe la censura previa y establece ciertas restricciones muy puntuales, pero en grandes líneas, la censura previa está prohibida en el territorio nacional, nadie puede llegar a decirle usted que no puede decir eso, usted puede decir lo que le dé la gana, pero tendrán que hacerse responsable, por ejemplo, si a usted se le ocurre emitir comentarios machistas en un programa, la dirección de espectáculos públicos podrá sancionar. Es decir hay una serie de instituciones, hay toda una institucionalidad, mejor dicho que está encargada de hacer valer este principio constitucional de la responsabilidad.

P- ¿Cuáles son los principios y normas sobre el derecho a la libertad de opinión, expresión e información en el periodismo?
R- Federico Zeledón: El artículo 6 de la Constitución de la República, establece que nadie puede censurar lo que usted va a decir, pero también dice que usted debe hacerse responsable, judicialmente, de las consecuencias de lo que usted diga, de forma tal que si le falta el respeto a una persona, la injuria y la calumnia o la difama, usted tendrá  responsabilidad penal. Si usted ofende a una mujer, tendrá responsabilidades, de acuerdo a la ley, usted si daña la integridad moral de un menor también, tendrá responsabilidades de acuerdo a la ley lepina, de modo que los derechos no son absolutos.
P- ¿Se han modificado o se han creado nuevas normas para el periodismo 2.0?

R- Federico Zeledón: Sí hay, digamos, un debate abierto, muy rico por cierto, en cuanto a teoría sobre el periodismo en esta nueva era de la comunicación,  porque no podemos por ejemplo validar, por lo menos en mi opinión no se puede validar, eso que algunos llaman periodismo ciudadano, refiriéndose a las manifestaciones de la gente por redes sociales, para mí quedemos claros el periodismo es una técnica, el periodismo es una carrera, se estudia, se forma, tiene protocolos, tiene rutina, se tiene principios, tiene formas y no cualquier cosa que uno diga, no por escribir un tuit sobre un accidente de tránsito lo convierte en periodista,  eso no existe, existe por supuesto, cualquier ciudadano tiene la libertad de expresión para decir lo que le da la gana, pero eso no lo hace periodista solo por hacerlo yo establezco la línea muy delgada en ese.
 Otra cosa que nos ha pasado, es el aparecimiento de las Fake News y como la gran parte del tiempo, los periodistas, tenemos que dedicarnos a verificar si lo que está publicándose en la web, es real o no, o una manipulación de ámbito político aprovechando las Tecnologías de la información y comunicación (TIC). Gran parte de los cambios en el periodismo 2.0, giran en mi opinión en esas dos grandes ideas.

P- ¿Podríamos decir que existe libertad de expresión en la actualidad dentro de los medios de comunicación?
R- Federico Zeledón: Yo podría decir que si existe libertad de expresión en el salvador, yo diría que sí, por supuesto, lo que no debemos de confundir es la libertad con el libertinaje, lo vuelvo a decir, los medios de comunicación, estamos regulados y tenemos normativas que hacen parte de las leyes de la república  que debemos de respetar en el ejercicio de nuestra libertad de expresión, esto está dentro de las normas constitucionales, todo es legal, civilizadas, democráticas  y así hacemos valer nuestros derechos, no debemos entender nunca que los derechos son absolutos porque en ese momento estaríamos perdiendo la noción de la lógica jurídica con la que fueron creados.







Entrevista realizada por: Jefferson Erasmo Escobar Rodríguez           Carnet: 2019 00539
                                          José Edwin Miranda Lazo                             Carnet: 2018 01338

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